La Audiencia Provincial de Tenerife ha obligado a CaixaBank a devolver las primas del seguro de una hipoteca por subirlas un 400% y considerar que el incremento unilateral de un seguro es ilegal.
Tal y como recoge el diario financiero Cinco Días, en 2002, una ciudadana contrató un seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario con CaixaBank por un importe de 30 euros mensuales llegando a pagar hasta septiembre de 2016 una cuota mensual de 127 euros, el 400% de la cantidad inicialmente contratada. Durante este periodo no existe justificante de la aseguradora comunicando el aumento de la prima. Además, en el contrato de seguro figura como beneficiaria irrevocable por el total del préstamo hipotecario la entidad financiera.
Los magistrados aseguran en su resolución que la subida de la prima –como elemento esencial del contrato- en cada renovación anual “requiere la redacción por escrito y el consentimiento de la tomadora del seguro”, la ciudadana titular de la hipoteca.
Asimismo, rechaza que la prórroga anual del contrato constituya un convenio distinto. Para la Audiencia, CaixaBank “ha venido sistemáticamente subiendo la prima en cada renovación anual por prórroga tácita, sin que esta modificación conste por escrito, y sin consentimiento expreso de la tomadora”. El artículo 5 de la Ley de Contrato de Seguro establece que “el contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito”, como ocurre con la alteración unilateral del importe de prima como precio que se debe pagar, que es un elemento esencial del contrato.
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