- La declaración es obligatoria y no presentarla conlleva sanciones
Todos los mediadores están obligados a presentar la Declaración Estadística-Contable cuyo plazo de entrega finaliza el 30 de abril. El Consejo General recuerda:
- Remitir la información estadístico-contable a través de la sede electrónica de la DGSFP es una obligación y, por tanto, obviarla es sancionable. Así se recoge en el Real-Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros, que desarrolla lo dispuesto en el RD 3/2020, de 4 de febrero.
- Los requisitos y pasos que dar para completar adecuadamente la declaración son los siguientes:
-
- Comprobar que se tiene el certificado digital instalado en el ordenador.
- Descargar el programa Autofirma e instalarlo y, si se tuviera el mismo, comprobar que la versión del programa es la última disponible.
- Instalar la aplicación en el caso de estar autorizado por la Dirección general de seguros en Madrid.
- Cumplimentar los modelos.
- Comprobar que no existen errores.
- Firmar los modelos.
- Enviar
- Obtener los certificados de envío correcto.
- Si el ámbito de actuación del mediador es autonómico, deberá tener en cuenta los formularios y requisitos de su supervisor regional.
- Conforme la normativa, deberán tener toda la documentación estadístico-contable y de negocio del año a declarar, separada por ramos.
Las alegaciones al nuevo borrador de Declaración Estadística Contable remitidas recientemente por el Consejo General al Ministerio de Economía no afectan al actual modelo y, de ser tenidas en cuenta, se incorporarán al formulario del próximo ejercicio.
• Descargar este artículo